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	<title>Comentarios para legal.medioscomunitarios.net</title>
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	<description>blog sobre legislación de medios comunitarios</description>
	<pubDate>Thu, 20 Jun 2013 02:46:49 +0000</pubDate>
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		<title>Comentario de admin en Cambios en los recursos a los concurso públicos</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/299/comment-page-1#comment-10077</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Mar 2012 15:25:13 +0000</pubDate>
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		<description>Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 78/660/CEE del Consejo, relativa a las cuentas anuales de determinadas formas de sociedad, en lo que respecta a las microentidades

http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+TA+P7-TA-2011-0563+0+DOC+XML+V0//ES

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2011:0589:FIN:ES:PDF</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 78/660/CEE del Consejo, relativa a las cuentas anuales de determinadas formas de sociedad, en lo que respecta a las microentidades</p>
<p><a href="http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+TA+P7-TA-2011-0563+0+DOC+XML+V0//ES" rel="nofollow">http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+TA+P7-TA-2011-0563+0+DOC+XML+V0//ES</a></p>
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	<item>
		<title>Comentario de admin en Cambios en los recursos a los concurso públicos</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/299/comment-page-1#comment-10071</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 Feb 2012 13:54:50 +0000</pubDate>
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		<description>«Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales»
COM(2011) 895 final – 2011/0439 (COD)

«Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa
a la contratación pública»
COM(2011) 896 final – 2011/0438 (COD)

«Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la adjudicación de contratos de concesión»
COM(2011) 897 final – 2011/0437 (COD)

Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de octubre de 2011, sobre la modernización de la contratación pública</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>«Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales»<br />
COM(2011) 895 final – 2011/0439 (COD)</p>
<p>«Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa<br />
a la contratación pública»<br />
COM(2011) 896 final – 2011/0438 (COD)</p>
<p>«Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la adjudicación de contratos de concesión»<br />
COM(2011) 897 final – 2011/0437 (COD)</p>
<p>Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de octubre de 2011, sobre la modernización de la contratación pública</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario de asesoría fiscal &#124; juanjo en Sentencia Tribunal Europeo Derecho Humanos sobre proteccción a medios y sus fuentes</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/394/comment-page-1#comment-9951</link>
		<dc:creator>asesoría fiscal &#124; juanjo</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 09 Feb 2012 20:08:58 +0000</pubDate>
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		<description>Buena información sigue así , completa , clara y concisa</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buena información sigue así , completa , clara y concisa</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de RadioTV en Sostenibilidad y gestión radios comunitarias</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/482/comment-page-1#comment-9512</link>
		<dc:creator>RadioTV</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 22 Dec 2011 12:29:37 +0000</pubDate>
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		<description>Muy bueno!!!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muy bueno!!!</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de candido - recetas faciles en Libertad expresión en Europa</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/532/comment-page-1#comment-9461</link>
		<dc:creator>candido - recetas faciles</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 17 Dec 2011 00:19:36 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://legal.medioscomunitarios.net/archives/532#comment-9461</guid>
		<description>Ojala este tipo de articulo recorra los periodicos de america latina, especialmente Venezuala. SIn libertad de expresion volvemos a la anarquia y matamos la democracia. es facil liderar con impunidad, la libertad de expresion permite controlar de cierta manera el trabajo de los gobernantes y exponerlo publicamente.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Ojala este tipo de articulo recorra los periodicos de america latina, especialmente Venezuala. SIn libertad de expresion volvemos a la anarquia y matamos la democracia. es facil liderar con impunidad, la libertad de expresion permite controlar de cierta manera el trabajo de los gobernantes y exponerlo publicamente.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario de admin en Baleares: aprueban procedimiento reparto radio digital</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/382/comment-page-1#comment-9236</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 25 Nov 2011 11:29:46 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://legal.medioscomunitarios.net/archives/382#comment-9236</guid>
		<description>Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 24 de septiembre de 2010, por el cual se aprueba la convocatoria del concurso público para el otorgamiento de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora para emisoras comerciales y para emisoras educativas, culturales y otras sin ánimo de lucro, de ámbito autonómico y de ámbito local (BOIB 2-10-2010)
http://boib.caib.es/pdf/2010143/mp43.pdf</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 24 de septiembre de 2010, por el cual se aprueba la convocatoria del concurso público para el otorgamiento de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora para emisoras comerciales y para emisoras educativas, culturales y otras sin ánimo de lucro, de ámbito autonómico y de ámbito local (BOIB 2-10-2010)<br />
<a href="http://boib.caib.es/pdf/2010143/mp43.pdf" rel="nofollow">http://boib.caib.es/pdf/2010143/mp43.pdf</a></p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario de admin en Baleares: adjudicación radio DAB</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/464/comment-page-1#comment-9235</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 25 Nov 2011 11:29:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://legal.medioscomunitarios.net/archives/464#comment-9235</guid>
		<description>Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 24 de septiembre de 2010, por el cual se aprueba la convocatoria del concurso público para el otorgamiento de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora para emisoras comerciales y para emisoras educativas, culturales y otras sin ánimo de lucro, de ámbito autonómico y de ámbito local (BOIB 2-10-2010)
http://boib.caib.es/pdf/2010143/mp43.pdf</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 24 de septiembre de 2010, por el cual se aprueba la convocatoria del concurso público para el otorgamiento de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora para emisoras comerciales y para emisoras educativas, culturales y otras sin ánimo de lucro, de ámbito autonómico y de ámbito local (BOIB 2-10-2010)<br />
<a href="http://boib.caib.es/pdf/2010143/mp43.pdf" rel="nofollow">http://boib.caib.es/pdf/2010143/mp43.pdf</a></p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario de admin en Cambios en los recursos a los concurso públicos</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/299/comment-page-1#comment-8888</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 26 Oct 2011 10:36:45 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://legal.medioscomunitarios.net/archives/299#comment-8888</guid>
		<description>El PE defiende nuevas normas para facilitar la contratación pública a las pymes
Competencia − 25-10-2011 - 16:06

Las normas comunitarias sobre contratación pública deben reformarse para facilitar el acceso de las pymes a las licitaciones, según un informe aprobado hoy por el pleno de la Eurocámara. Los diputados defienden que las autoridades puedan adjudicar contratos no sólo al mejor postor, sino a los más innovadores, o a aquellos que ofrezcan mayores beneficios sociales o medioambientales. La Comisión Europea presentará una propuesta de reforma de la normativa sobre contratación pública en diciembre. 


http://www.europarl.europa.eu/es/pressroom/content/20111025IPR30224/html/El-PE-reclama-nuevas-normas-para-facilitar-la-contrataci%C3%B3n-p%C3%BAblica-a-las-pymes</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El PE defiende nuevas normas para facilitar la contratación pública a las pymes<br />
Competencia − 25-10-2011 - 16:06</p>
<p>Las normas comunitarias sobre contratación pública deben reformarse para facilitar el acceso de las pymes a las licitaciones, según un informe aprobado hoy por el pleno de la Eurocámara. Los diputados defienden que las autoridades puedan adjudicar contratos no sólo al mejor postor, sino a los más innovadores, o a aquellos que ofrezcan mayores beneficios sociales o medioambientales. La Comisión Europea presentará una propuesta de reforma de la normativa sobre contratación pública en diciembre. </p>
<p><a href="http://www.europarl.europa.eu/es/pressroom/content/20111025IPR30224/html/El-PE-reclama-nuevas-normas-para-facilitar-la-contrataci%C3%B3n-p%C3%BAblica-a-las-pymes" rel="nofollow">http://www.europarl.europa.eu/es/pressroom/content/20111025IPR30224/html/El-PE-reclama-nuevas-normas-para-facilitar-la-contrataci%C3%B3n-p%C3%BAblica-a-las-pymes</a></p>
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	<item>
		<title>Comentario de admin en Canarias: excluyen a las radios comunitarias del reparto de frecuencias</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/374/comment-page-1#comment-8157</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Oct 2011 08:22:20 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://legal.medioscomunitarios.net/archives/374#comment-8157</guid>
		<description>“Al concurso se presentaron 694 ofertas que corresponden a 90 empresas y la mesa técnica de evaluación designó a las 156 mejores ofertas, el máximo de frecuencias que se podían conceder”, añadió. “El dial es el que es y no hay manera de dar cabida a todas las ofertas que se presentaron”, subrayó y agregó que es preciso dejar de trabajar a la mesa y esperar a que haga su propuesta definitiva.
El consejero aseguró que el sector pedía el concurso “con la mayor urgencia posible”. Precisó que una vez entra en vigor la ley audiovisual se aprobó un Decreto para desarrollar la norma estatal y se publicaron las bases del concurso en julio de 2010. “Ninguna empresa impugnó las bases”, informó para admitir recursos contra la convocatoria.

“Pero seguro que la resolución final va a acabar con reclamaciones en el ámbito judicial porque las empresas no tienen mucho más que perder”, ha admitido en el pleno del Parlamento de Canarias González Ortiz que recordó que en las islas hay 200 frecuencias general y que de esas había adjudicadas un total de 44 desde hace dos décadas.

Apuntó que, por tanto, quedaban por adjudicar 156. “Están ocupadas 550 frecuencias, de unas 200 empresas”, puntualizó. “De no haberse convocado ahora Canarias no dispondría de las 156 designadas por el Estado”, dijo para justificar en el imperativo legal la convocatoria. 

fuente:
http://diezromeomedia.blogspot.com/2011/10/el-parlamento-de-canarias-debate-sobre.html?spref=tw</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>“Al concurso se presentaron 694 ofertas que corresponden a 90 empresas y la mesa técnica de evaluación designó a las 156 mejores ofertas, el máximo de frecuencias que se podían conceder”, añadió. “El dial es el que es y no hay manera de dar cabida a todas las ofertas que se presentaron”, subrayó y agregó que es preciso dejar de trabajar a la mesa y esperar a que haga su propuesta definitiva.<br />
El consejero aseguró que el sector pedía el concurso “con la mayor urgencia posible”. Precisó que una vez entra en vigor la ley audiovisual se aprobó un Decreto para desarrollar la norma estatal y se publicaron las bases del concurso en julio de 2010. “Ninguna empresa impugnó las bases”, informó para admitir recursos contra la convocatoria.</p>
<p>“Pero seguro que la resolución final va a acabar con reclamaciones en el ámbito judicial porque las empresas no tienen mucho más que perder”, ha admitido en el pleno del Parlamento de Canarias González Ortiz que recordó que en las islas hay 200 frecuencias general y que de esas había adjudicadas un total de 44 desde hace dos décadas.</p>
<p>Apuntó que, por tanto, quedaban por adjudicar 156. “Están ocupadas 550 frecuencias, de unas 200 empresas”, puntualizó. “De no haberse convocado ahora Canarias no dispondría de las 156 designadas por el Estado”, dijo para justificar en el imperativo legal la convocatoria. </p>
<p>fuente:<br />
<a href="http://diezromeomedia.blogspot.com/2011/10/el-parlamento-de-canarias-debate-sobre.html?spref=tw" rel="nofollow">http://diezromeomedia.blogspot.com/2011/10/el-parlamento-de-canarias-debate-sobre.html?spref=tw</a></p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario de admin en Cambios en los recursos a los concurso públicos</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/299/comment-page-1#comment-7380</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 11 Sep 2011 02:10:05 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://legal.medioscomunitarios.net/archives/299#comment-7380</guid>
		<description>* Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público (BOCM nº 310, de 29 de diciembre (ver artículo 2 cuatro, artículo 3 y disposición transitoria primera). 

Competencias
De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.2 de la Ley 23/2010, de 29 de diciembre rubricado "Creación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid", al mismo corresponde:

a) El conocimiento y resolución de los recursos especiales en materia de contratación y de las reclamaciones a que se refieren los artículos 310 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y 101 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

b) La adopción de decisiones sobre la solicitud de medidas provisionales a que se refieren los artículos 313 de la Ley de Contratos del Sector Público y 103 de la Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

c) La tramitación del procedimiento y la resolución de las cuestiones de nulidad contractual en los supuestos especiales establecidos en los artículos 37 de la Ley de Contratos del Sector Público y 109 de la Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

El Tribunal será competente para recibir, tramitar y resolver los recursos especiales en materia de contratación, las reclamaciones, las medidas provisionales y los supuestos especiales de nulidad que se interpongan o planteen desde el día de la publicación de esta Ley en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Las notificaciones a los recurrentes y demás interesados intervinientes en los procedimientos indicados en el apartado 2, se efectuarán por medios telemáticos cuando así lo soliciten o cuando lo hubiesen admitido durante la tramitación del procedimiento de adjudicación, en el caso de haber intervenido en él, y dispongan de una dirección electrónica en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Orden de 21 de marzo de 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dictan las normas para la aplicación de la tasa por la realización de actividades competencia del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 26 de abril de 2011
	

Decreto legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid (BOCM de 29 de octubre de 2002. Corrección de errores: BOCM de 22 de noviembre de 2002)

Capítulo XI
11. Tasa por la realización de actividades competencia delTribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ([71])

Artículo 87. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la realización de las siguientes actividades competencia del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, respecto a los procedimientos de contratación de los poderes adjudicadores y entidades contratantes que, en el artículo siguiente, se configuran como sujetos pasivos del tributo:

a) La tramitación y resolución de los recursos especiales en materia de contratación y de las reclamaciones a que se refieren los artículos 310 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y 101 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

b) La tramitación del procedimiento y la resolución de las cuestiones de nulidad contractual en los supuestos especiales establecidos en los artículos 37 de la Ley de Contratos del Sector Público y 109 de la Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

Artículo 90.- Tarifa.

Tarifa 11.01. Por cada recurso especial en materia de contratación, reclamación o cuestión de nulidad contractual que se sometan a conocimiento y resolución del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid: 600 euros.
Artículo 92.- Devolución.

Procederá la devolución de la tasa cuando, habiéndose ingresado la misma previamente, el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid declare que no es competente para conocer el asunto que se someta a su conocimiento y resolución.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>* Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público (BOCM nº 310, de 29 de diciembre (ver artículo 2 cuatro, artículo 3 y disposición transitoria primera). </p>
<p>Competencias<br />
De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.2 de la Ley 23/2010, de 29 de diciembre rubricado &#8220;Creación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid&#8221;, al mismo corresponde:</p>
<p>a) El conocimiento y resolución de los recursos especiales en materia de contratación y de las reclamaciones a que se refieren los artículos 310 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y 101 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.</p>
<p>b) La adopción de decisiones sobre la solicitud de medidas provisionales a que se refieren los artículos 313 de la Ley de Contratos del Sector Público y 103 de la Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.</p>
<p>c) La tramitación del procedimiento y la resolución de las cuestiones de nulidad contractual en los supuestos especiales establecidos en los artículos 37 de la Ley de Contratos del Sector Público y 109 de la Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.</p>
<p>El Tribunal será competente para recibir, tramitar y resolver los recursos especiales en materia de contratación, las reclamaciones, las medidas provisionales y los supuestos especiales de nulidad que se interpongan o planteen desde el día de la publicación de esta Ley en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.</p>
<p>Las notificaciones a los recurrentes y demás interesados intervinientes en los procedimientos indicados en el apartado 2, se efectuarán por medios telemáticos cuando así lo soliciten o cuando lo hubiesen admitido durante la tramitación del procedimiento de adjudicación, en el caso de haber intervenido en él, y dispongan de una dirección electrónica en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.</p>
<p>Orden de 21 de marzo de 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dictan las normas para la aplicación de la tasa por la realización de actividades competencia del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 26 de abril de 2011</p>
<p>Decreto legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid (BOCM de 29 de octubre de 2002. Corrección de errores: BOCM de 22 de noviembre de 2002)</p>
<p>Capítulo XI<br />
11. Tasa por la realización de actividades competencia delTribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ([71])</p>
<p>Artículo 87. Hecho imponible.</p>
<p>Constituye el hecho imponible de la tasa la realización de las siguientes actividades competencia del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, respecto a los procedimientos de contratación de los poderes adjudicadores y entidades contratantes que, en el artículo siguiente, se configuran como sujetos pasivos del tributo:</p>
<p>a) La tramitación y resolución de los recursos especiales en materia de contratación y de las reclamaciones a que se refieren los artículos 310 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y 101 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.</p>
<p>b) La tramitación del procedimiento y la resolución de las cuestiones de nulidad contractual en los supuestos especiales establecidos en los artículos 37 de la Ley de Contratos del Sector Público y 109 de la Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.</p>
<p>Artículo 90.- Tarifa.</p>
<p>Tarifa 11.01. Por cada recurso especial en materia de contratación, reclamación o cuestión de nulidad contractual que se sometan a conocimiento y resolución del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid: 600 euros.<br />
Artículo 92.- Devolución.</p>
<p>Procederá la devolución de la tasa cuando, habiéndose ingresado la misma previamente, el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid declare que no es competente para conocer el asunto que se someta a su conocimiento y resolución.</p>
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