A pesar de las promesas del PSOE no se tramitó la esperada ley de transparencia y acceso a la información.
Cuadro de posturas
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Archivo de Septiembre de 2011
Hacia una ley de transparencia y acceso a la información
Martes, 27 de Septiembre de 2011El reto de la desregulación
Martes, 27 de Septiembre de 2011A partir de la apertura de diversas actividades económicas a la inversión privada, ya sea por la vía de las privatizaciones o de la emisión de normas que permitieron el acceso a inversionistas privados a actividades que típicamente se desarrollaron en el ámbito público, como son la telefonía, los puertos y los ferrocarriles, requirió la modificación de normas legales y administrativas con la finalidad generar un régimen de libre competencia entre diversos prestadores de servicios donde no existían.
En este mismo sentido, esta transformación de la economía regulada ha requerido de la creación de nuevas autoridades en muchos ámbitos, generalmente denominadas como comisiones, integradas en su mayoría en forma colegiada y con facultades autónomas en materia técnica y operativa.
A efecto de dotar a la actividad económica de mayor dinamismo, en muchos casos se ha requerido colmar la necesidad de reglamentar y regular múltiples procedimientos que en el pasado eran innecesarios.
Podría parecer contradictorio, pero el término “desregular” se traduce, al menos en esta fase, en la creación de leyes, reglamentos, normas diversas y un mayor número de procedimientos y trámites.
La desregulación busca generar condiciones para fomentar inversiones en actividades reguladas, intensivas en el despliegue y uso de infraestructura básica, que son consideradas prioritarias.
Las leyes modernas han sido concebidas con la clara intención de favorecer la transparencia en la asignación u otorgamiento de concesiones y permisos, al tiempo de pretender establecer procedimientos específicos para su convivencia y operación, con reglas claras y plazos fatales para su cumplimiento. La discrecionalidad característica de la autoridad administrativa en estos procesos busca ser acotada y transformada en una rectoría efectiva del desarrollo económico.
- La desregulación de las actividades antes señaladas debe ser entendida como un proceso dinámico, compuesto de diversas fases. En primera instancia, como ha sido señalado, se encuentra la construcción del andamiaje legal e institucional que permita, bajo nuevas condiciones de pluraridad de actores y en un régimen de competencia, el desarrollo de infraestructura y la prestación de servicios que nacieron, se desarrollaron y se consolidaron como monopolios naturales a cargo del Estado.
En una segunda fase, las normas que dieron origen al nuevo entorno de estas actividades debe, necesariamente, simplificarse para dar paso a reglas más simples que inhiban lo menos posible el desarrollo de estas redes y servicios públicos, acogiendo en buena medida los beneficios que otorgan los desarrollos tecnológicos y comerciales propias de nuestro entorno global.
Finalmente, en un objetivo que pareciera difícil, la regulación y los reguladores deben perseguir la auto regulación de los mercados. Si las condiciones y los plazos para lograr una situación de competencia efectiva, y en buena medida auto regulada (o desregulada, dirían algunos), parecen lejanos y por momento imposibles, ello no debe soslayar el hecho de que deben constituir la guía para la emisión y actualización de cualquier norma regulatoria.
En caso contrario, los procesos que inician en la primera fase de la desregulación, que de hecho de caracteriza por la emisión de regulación a todos los niveles, se pueden entrampar en esa etapa sin avanzar firmemente al resto de sus fases.
Este artículo fue publicado en La Razón el 26 de septiembre de 2011, agradecemos al autor su autorización para publicarlo en nuestra página web
26 de septiembre, 2011
Eduardo Ruiz Vega
http://www.etcetera.com.mx/articulo.php?articulo=9275
El Consejo Asesor de las Telecomunicaciones (CATSI)
Domingo, 11 de Septiembre de 2011l Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, es un órgano asesor del Gobierno en materia de telecomunicaciones y sociedad de la información.
Entre sus vocalías varias de ellas se destinan a medios de comunicación:
b) Por los prestadores de servicios de difusión:
1.º Un representante de la entidad prestadora del servicio público esencial de televisión, regulado por la Ley 4/1980, de 10 de enero, del Estatuto de la Radio y la Televisión.
2.º Dos representantes de las entidades o sociedades prestadoras del servicio público esencial de televisión, regulado por la Ley 46/1983, de 26 de diciembre, reguladora del tercer canal de televisión.
3.º Un representante de cada una de las sociedades concesionarias del servicio de televisión privada analógica de ámbito nacional, regulado por la Ley 10/1988, de 3 de mayo.
4.º Un representante de las sociedades prestadoras del servicio de televisión por satélite.
5.º Dos representantes de las sociedades titulares del servicio de difusión de televisión por cable regulado en la Ley 42/1995, de 22 de diciembre.
6.º Dos representantes de las sociedades prestadoras del servicio de televisión digital por ondas terrestres de ámbito nacional, siempre que no gestionen otra modalidad del servicio de televisión.
7.º Dos representantes de las sociedades prestadores del servicio de televisión privada de ámbito autonómico y local.
8.º Tres representantes por los prestadores de servicios de radiodifusión sonora: uno, por el sector público estatal; otro, por el sector público autonómico, y un tercero, por el sector privado.
Ver Real Decreto 1029/2002, de 4 de octubre, por el que se establece la composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.
http://www.mityc.es/telecomunicaciones/es-ES/SecretariaDeEstado/Consejos/Paginas/ConsejoTeleco.aspx