Archivo de la categoría ‘CC.AA.’

Decreto Audiovisual Pais Vasco

Sábado, 26 de Noviembre de 2011

Publicado en el Boletín de 23-11-2011
http://www.euskadi.net/cgi-bin_k54/bopv_41?c&201105689

En 2 meses se podrá acceder al Dictamen del organismo consultivo.
http://www.jusap.ejgv.euskadi.net/r47-13372/es/

Modificación Ley Audiovisual de Cataluña

Viernes, 25 de Noviembre de 2011

Projecte de llei de modificació de diverses lleis en l’àmbit audiovisual
Núm. expedient 200-00012/09
http://www.parlament.cat/activitat/bopc/09b130.pdf#page=20′

Actual LEY 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña.
http://www.boe.es/boe/dias/2006/02/14/pdfs/A05746-05777.pdf

Posición del Sindicat de Periodistes
http://fesp.org/noticias2.php?id=1937

Cambios en Ley Valenciana del Sector Audiovisual

Miércoles, 2 de Noviembre de 2011

En 2010 se procedio a un cambio respecto a las competencias de control y sanción. El motivo estaba relacionado con un recurso de incostitucionalidad.

«Artículo 47. Competencias de control y sanción.
1. Las facultades de inspección y control en materia audiovisual las ejercerá el departamento competente en la Generalitat y el Consell del Audiovisual de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo establezca su ley de creación.

2. El ejercicio de la potestad sancionadora en materia audiovisual lo ejercerá el departamento competente de la Generalitat.

3. La potestad sancionadora regulada en esta ley se ejercerá de conformidad con los principios establecidos en el título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y su desarrollo reglamentario.»

El texto anterior de 2006 era este
Artículo 47. Competencias de control y sanción.

1. Las facultades de inspección y control en materia audiovisual las ejercerá el departamento competente en la Generalitat y el Consell Audiovisual de la Comunitat Valenciana de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo que establezca su Ley.

2. El ejercicio de la potestad sancionadora en materia audiovisual lo ejercerá el departamento competente de la Generalitat.
3. Corresponde al departamento competente de la Generalitat en materia audiovisual ejercer las competencias de inspección y control, así como las potestades sancionadoras que corresponden a la Generalitat en materia de servicios de telecomunicaciones de difusión. En particular, le corresponde ejercer las competencias de inspección y control para asegura el cumplimiento de lo que dispone el Título V de esta Ley sobre la ordenación de la televisión digital.
4. Corresponderá al Consell Audiovisual de la Comunitat Valenciana en la forma que determine la Ley de Creación y su reglamento ejercer las facultades de inspección y control, a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley.
5. El régimen sancionador establecido en este título se entiende sin perjuicio del régimen sancionador previsto en el Título VIII de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, que se aplicará en los supuestos y dentro del ámbito establecidos en la citada Ley.
6. La potestad sancionadora regulada en esta Ley se ejercerá de conformidad con los principios establecidos en el Título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Recurso de incostitucionalidad
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2007-4357

Proyecto Decreto radio y televisión en Navarra

Domingo, 23 de Octubre de 2011

Hasta el 12 de noviembre se pueden presentar alegaciones.
http://www.navarra.es/home_es/Gobierno+de+Navarra/Organigrama/Los+departamentos/Cultura+y+Turismo/Acciones/Normativa+Legal/informacion+publica.htm

Navarra y emisoras no lucrativas

Domingo, 23 de Octubre de 2011

Durante su andadura el Consejo Audiovisual de Navarra hizo referencia a las emisoras sin ánimo de lucro en Navarra.

- Estudio de la situación de las emisoras culturales sin ánimo de lucro.  CoAN 13 de noviembre de 2008
- Informe sobre el sector de la radiodifusión sonora en la Comunidad
Foral de Navarra> CoAN 18 de diciembre de 2008
- Informe sobre la redacción de un decreto foral que regule el régimen de la radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de
frecuencia.> CoAN 25 de octubre de 2007
- Informe 2010

ESTUDIO DE LA SITUACIÓN DE LAS EMISORAS CULTURALES SIN ÁNIMO DE LUCRO 13 de noviembre de 2008

… a la vista de las iniciativas europeas de apoyo a los medios del Tercer Sector de la Comunicación, se considera conveniente que el Gobierno de Navarra incluya en el futuro Decreto por el que se regule el régimen jurídico de las emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en el ámbito de la Comunidad Foral las emisoras culturales sin ánimo de lucro

Informe 2008
F. IMPULSO A LAS RADIOS MUNICIPALES Y A LAS RADIOS CULTURALES SIN ÁNIMO DE LUCRO

Respecto a las denominadas emisoras culturales sin ánimo de lucro, se ha hecho mención en el informe a las iniciativas adoptadas en el seno de la Unión Europea de apoyo a los medios del Tercer Sector de la Comunicación, por las que se recomienda a los Estados miembros que den reconocimiento legal a este tipo de medios, junto a los medios comerciales y públicos, y les pide que apoyen más activamente a estos medios, poniendo a su disposición la adecuada infraestructura e integrando su apoyo en programas destinados a fomentar el intercambio de buenas prácticas. Por otra parte, se solicita a los Estados que pongan a disposición el espectro de frecuencias, analógica y digital, de radio y televisión, teniendo en cuenta que el servicio prestado por los medios de comunicación comunitaria no se ha de evaluar en términos de coste de oportunidad o justificación del coste de adjudicación del espectro, sino por el valor social que representa.

De este modo se considera conveniente que el Gobierno de Navarra incluya en el futuro Decreto por el que se regule el régimen jurídico de las emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en el ámbito de la Comunidad Foral las emisoras culturales sin ánimo de lucro. No obstante, tales disposiciones no serían aplicables hasta que el Gobierno Central dé cabida a este tipo de emisoras en el Plan Técnico Nacional poniendo a su disposición un determinado ámbito del espectro radioeléctrico.

El reconocimiento de estas emisoras constituye una interesante alternativa en la que podrían encontrar acomodo ciertas emisoras educativas y asociativas sin ánimo de lucro que actualmente emiten sin título habilitante. Por tanto, el Gobierno de Navarra debería proponer a la Administración central el reconocimiento de las radios culturales y, además, cabría plantearse la viabilidad legal de que alguna de las posibles licencias a conceder en el próximo concurso de adjudicación sean asignadas a radios culturales sin ánimo de lucro.

Informe Anual 2010

7.3. PREVISIONES SOBRE EL NUEVO MARCO NORMATIVO

6. Impulso a las radios municipales y a las radios culturales sin ánimo de lucro

Respecto a las emisoras culturales sin ánimo de lucro, la Unión Europea ha
venido recomendando a los Estados miembros que den reconocimiento legal a
este tipo de medios, y les pide que les apoyen más activamente, poniendo a su
disposición la adecuada infraestructura e integrando su apoyo en programas
destinados a fomentar el intercambio de buenas prácticas.
El artículo 32 de la Ley 7/2010 dedica su regulación a los servicios de
comunicación audiovisual comunitarios sin ánimo de lucro,
De este modo, se considera conveniente que el Gobierno de Navarra incluya en
el futuro Decreto por el que se regule el régimen jurídico de las emisoras de
radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia las
emisoras culturales sin ánimo de lucro. El reconocimiento de estas emisoras
constituye una interesante alternativa en la que podrían encontrar acomodo
emisoras educativas y asociativas sin ánimo de lucro que actualmente emiten sin
título habilitante.

Andalucía adjudica 54 emisoras de FM

Miércoles, 27 de Julio de 2011

El Consejo de Gobierno ha aprobado la adjudicación de 54 emisoras comerciales de radio en frecuencia modulada en las ocho provincias andaluzas. Estas concesiones corresponden al concurso convocado en 2007 para la utilización de otras tantas frecuencias reservadas a Andalucía en el Plan Técnico Nacional de FM. Seis de ellas se localizan en la provincia de Almería, nueve en Cádiz, cuatro en Córdoba, nueve en Granada, cuatro en Huelva, ocho en Jaén, nueve en Málaga y cinco en Sevilla.

Las ofertas han sido valoradas por funcionarios técnicos de la Administración autonómica de acuerdo con los siguientes criterios: interés general del proyecto para la localidad, viabilidad técnica y económica, programación, empleo y formación.

Las 54 concesiones adjudicadas se unirán a las 162 que fueron otorgadas en las tres convocatorias anteriores, celebradas en 1984, 1989 y 2003. Con ello, el número total de emisoras comerciales de FM en Andalucía se eleva a 216. En el ámbito público disponen de concesión 308 emisoras municipales, explotadas por los ayuntamientos.

Lista adjudicatarios
http://www.juntadeandalucia.es/presidencia/portavoz/resources/files/2011/7/26/1311675406312radios.pdf

Baleares: adjudicación radio DAB

Martes, 31 de Mayo de 2011

Declaran desierto el concurso en cuanto al otorgamiento de licencias de ámbito autonómico y de ámbito local de carácter cultural, educativo y sin
ánimo de lucro, por falta de licitadores o porque las entidades que no han alcanzado la puntuación mínima de 60 puntos.
http://boib.caib.es/pdf/2011078/mp76.pdf

Concurso de FM en Galicia y Castilla y León

Domingo, 10 de Abril de 2011

Dan 1 mes de plazo para optar a licenicas de radios en FM.

Bases GALICIA
http://medios.xunta.es/c/document_library/get_file?file_path=/Portal-SXM/Concursos/BASES%20QUE%20REXEN%20O%20CONCURSO%20PUBLICO%20(G).pdf

Anexos http://medios.xunta.es/concurso-fm

CASTILLA Y LEON
Pliego concurso y creacion mesa de valoracion

El Boletín Oficial de Castilla y León de 8 de abril.
*ORDEN FOM/372/2011, de 4 de abril, por la que se convoca concurso público para el otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad de Castilla y León.
http://bocyl.jcyl.es/boletines/2011/04/08/pdf/BOCYL-D-08042011-16.pdf

*ORDEN FOM/371/2011, de 4 abril, por la que se crea la Mesa de Evaluación de licencias de comunicación audiovisual en Castilla y León.
http://bocyl.jcyl.es/boletines/2011/04/08/pdf/BOCYL-D-08042011-15.pdf

La Justicia anula los concursos de TDT en Tenerife

Lunes, 25 de Octubre de 2010

Dos sentencias del TSJC invalidan las adjudicaciones para Arona y La Orotava / Las de Canarias, Tenerife, Santa Cruz, Telde y Lanzarote ya habían sido revocadas.
http://www.diariodeavisos.com/2010/diariodeavisos/content/31215/

Proyecto de Ley Consejo Audiovisual Castilla y León

Miércoles, 13 de Octubre de 2010

Texto del Proyecto de Ley
http://2004.ccyl.es/SIRDOC/PDF/PUBLOFI/BO/CCL/7L/BOCCL7L00315A.pdf

Nota de prensa
http://www.jcyl.es/web/jcyl/Gobierno/es/Plantilla100DetalleFeed/1246464876027/ConsejoGobierno/1270554071379/Comunicacion