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	<title>Comentarios en: La Ley Audiovisual en el Congreso: 1º Asalto</title>
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	<description>blog sobre legislación de medios comunitarios</description>
	<pubDate>Tue, 07 Feb 2012 23:05:38 +0000</pubDate>
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		<title>Por: admin</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/265/comment-page-1#comment-638</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 Dec 2009 19:44:58 +0000</pubDate>
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		<description>La Vicepresidenta Primera del Gobierno defiende en el Congreso la Ley General de Comunicación Audiovisual
Congreso de los Diputados, jueves, 03 de diciembre de 2009

María Teresa Fernández de la Vega defendió el Proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual, en su debate de totalidad, en el Congreso de los Diputados . 
En su intervención, la Vicepresidenta Primera mostró su predisposición al diálogo con el conjunto de los grupos parlamentarios con el fin de que la norma sea aprobada con “absoluto espíritu de consenso” y “conseguir de una vez por todas, regular de manera global y coherente, el sector audiovisual en nuestro país”.
Fernández de la Vega mostró su satisfacción por el hecho de poder debatir una Ley General Audiovisual “tantas veces y durante tantos años prometida y comprometida por los sucesivos Gobiernos de la Nación, que nunca, hasta hoy, había conseguido llegar al Parlamento, a pesar de haber existido innumerables borradores”.
La Vicepresidenta Primera calificó la norma de “moderna, necesaria, equilibrada, garantista y liberalizadora” y destacó se rige por cuatro principios fundamentales:
- El interés general y la protección y garantía de los derechos básicos de los ciudadanos.
- La voluntad de dinamizar, liberalizar y dar seguridad jurídica al sector audiovisual, en permanente y trepidante evolución tecnológica.
- Un “escrupuloso respeto” al juego competencial que establece nuestra Constitución en materia audiovisual, ya sea al regular la comunicación audiovisual pública o privada de ámbito estatal o la normativa básica en la materia aplicable al conjunto del sector.
- La necesidad de adaptación de toda la normativa existente  -dispersa y a veces obsoleta o confusa- en un sólo texto que asuma plenamente los criterios y la normativa europea.

-----------------------------------------------------------------
Intervención de la Vicepresidenta Primera, Ministra de la Presidencia y Portavoz del Gobierno en el Debate de totalidad de la Ley General de Comunicación Audiovisual
Congreso de los Diputados, jueves, 03 de diciembre de 2009

Señorías,

Hoy comparezco ante ustedes con una doble satisfacción. En primer lugar, la de poder debatir en esta Cámara una Ley General Audiovisual tantas veces y durante tantos años prometida y comprometida por los sucesivos Gobiernos de la Nación, que nunca, hasta hoy, había conseguido llegar al Parlamento, a pesar de haber existido innumerables borradores.

En segundo lugar, me satisface presentarles la que será, si así se decide, una buena ley. Moderna, necesaria, equilibrada, garantista y liberalizadora.

Es un texto que, como todo en esta vida, es mejorable. Y de eso se trata. Es un buen punto de partida para -con las modificaciones, matices, supresiones e incorporaciones que se estimen necesarias- conseguir, de una vez por todas, regular de manera global y coherente, el sector audiovisual en nuestro país.

Cuatro principios nos han guiado a la hora de redactar este proyecto de ley:

• el interés general y la protección y garantía de los derechos básicos de los ciudadanos,

• la voluntad de dinamizar, liberalizar y dar seguridad jurídica al sector audiovisual, en permanente y trepidante evolución tecnológica,

• un escrupuloso respeto al juego competencial que establece nuestra Constitución en materia audiovisual. ya sea al regular la comunicación audiovisual pública o privada de ámbito estatal o la normativa básica en la materia aplicable al conjunto del sector.

• y, finalmente, la necesidad de adaptación de toda la normativa existente  -dispersa y a veces obsoleta o confusa- en un sólo texto que asuma plenamente los criterios y la normativa europea.

Y todo ello lo hemos hecho dentro de un absoluto espíritu de consenso.
 
Este Proyecto de Ley debe entenderse como una parte muy importante de la reforma audiovisual emprendida por el Gobierno ya en la legislatura pasada, con la aprobación en 2006 de la Ley de la radio y la televisión de titularidad estatal y complementada con la reciente Ley de Financiación de la Corporación RTVE, y responde a un compromiso siempre aparcado, como he dicho, por los sucesivos gobiernos de uno y otro signo.

El proyecto de Ley nace, pues, con la vocación de aprobar una asignatura pendiente de nuestra democracia desde hace dos décadas y con vocación de permanencia, al menos por dos décadas más.

Hoy, finalmente, el proyecto de ley comienza a debatirse en esta Cámara, después de superar el disenso y alcanzar un acuerdo básico en el sector. Sí, señorías del Partido Popular, cuenta con un consenso básico en el sector.

Pero este proyecto de ley es fruto, también, de una amplia labor de consultas con todos los agentes implicados que venimos desarrollando desde hace varios años. Ninguna parte interesada de la industria audiovisual o de los consumidores puede decir que no haya sido consultada o escuchada. A nadie se le han cerrado las puertas.

Las aportaciones durante estos años han sido numerosísimas, incluyendo las evoluciones en los planteamientos iniciales fruto de la realidad evolutiva del sector. Tengan ustedes por seguro, señorías, que se han incorporado muchas de esas aportaciones.

La primera plasmación de todo ese esfuerzo de diálogo y consenso fue el Anteproyecto de Ley aprobado, en primera lectura, por el Consejo de Ministros del pasado 26 de junio.

En el trámite de audiencia posterior, el articulado del Anteproyecto ha sido mejorado, tanto por el debate en el seno del Consejo de Ministros, como por las aportaciones realizadas por numerosos agentes y muy especialmente por las aportaciones de los órganos e instituciones implicados en el trámite preceptivo de audiencia: por supuesto, el Consejo de Estado, pero también la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de Competencia y la Asociación de Usuarios de la Comunicación.

Por tanto, el texto llegado a esta Cámara goza ya de una cierta madurez y de un consenso básico, y estamos seguros de que será perfeccionado aún más en el trámite parlamentario.

En muchas de las enmiendas presentadas por los distintos grupos parlamentarios se adivinan las sugerencias y peticiones de colectivos sociales y ciudadanos.

Sepan ustedes que el Gobierno ya ha hecho un gran esfuerzo por atender sus peticiones, pero hasta el último minuto de la tramitación de este proyecto de ley, estoy segura de que los grupos parlamentarios estarán abiertos a incorporaciones o modificaciones, siempre que no rompan con la filosofía del texto y no impidan el consenso.

Aunque ahora es el tiempo del Parlamento, que es a quien corresponde tomar las decisiones, el Gobierno no eludirá el debate, punto por punto, palabra por palabra. Esa ha sido, es y será nuestra voluntad, una voluntad de diálogo, de negociación, de acuerdo y de consenso.

Señorías,

Decía al principio de mi intervención que uno de los referentes básicos que presiden este proyecto de ley, por no decir el referente básico, es el interés general.

Este es un texto garantista que regula la actividad audiovisual pensando sobre todo en el respeto y en el reforzamiento y protección de los derechos de los ciudadanos con garantías de control democrático.

Esa ha sido también, en esta materia, una de las preocupaciones fundamentales de la Comisión Europea, plasmada en sucesivas Directivas de Servicios de Comunicación Audiovisual conocidas como de “televisión sin fronteras”.

La última de ellas, de diciembre de 2007, como sus señorías saben, ha de ser incorporada –transpuesta- a la normativa española antes de que finalice el año en curso.

En ella, entre otras cosas, se hace una revisión de las normas básicas que deben regular la publicidad en televisión, se fijan determinadas obligaciones a los servicios de comunicación audiovisual relativos a protección de los menores y personas con discapacidad y de fomento de la industria audiovisual europea, y se garantiza el derecho a la información frente a situaciones de contratos de exclusividad.

Todo ello, como no podía ser de otra manera, se ha incluido en este proyecto de ley. Pero hemos querido ir más allá en algunos aspectos, como son los relativos a la garantía de accesibilidad de personas con discapacidad o a la protección de la infancia, así como a la obligatoriedad de reserva para la producción de obras europeas en las distintas lenguas españolas y a las ayudas a la industria cinematográfica.

Señorías, como todos ustedes saben, las garantías serían papel mojado si no hubiese organismos encargados del control democrático de su respeto y cumplimiento. Así nos lo pide Bruselas y así lo entiende el Gobierno de España. Por ello, este proyecto de ley prevé la creación del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, como autoridad independiente y con capacidad sancionadora, encargada del control y seguimiento del cumplimiento de esta ley, la transparencia y el pluralismo del sector y la independencia e imparcialidad de los medios públicos estatales, así como del cumplimiento de sus funciones de servicio público.

Un Consejo en el que sus miembros, como se comprometió el Gobierno, serán elegidos por el Parlamento mediante mayoría cualificada de  de dos tercios del Congreso de los Diputados.

Para despejar temores y suspicacias, Señorías, quiero dejar claro que la competencia del futuro CEMA es exclusivamente sobre la comunicación audiovisual de ámbito estatal. No sólo no solapa las atribuciones de los Consejos audiovisuales de ámbito autonómico, sino que el texto del propio proyecto de ley que hoy debatimos, en su artículo 47.3, establece que el CEMA deberá coordinar sus actividades con las autoridades audiovisuales autonómicas, y que podrá suscribir con ellos convenios de colaboración.

Quiero referirme también al debate sobre la integración del Consejo en la CMT o la creación de un organismo convergente. Miren, señorías, esta es una discusión que ya tuvo lugar en esta misma Cámara con motivo de la tramitación de la ley 7/2009 de medidas urgentes en materia de telecomunicaciones hace apenas cinco meses. Y quiero recordarles que entonces se desestimó. Nada ha cambiado desde entonces.

Y es que el Gobierno cree que hay que separar la garantía de los derechos de los ciudadanos y de cuantos intervienen en el mundo audiovisual, de las cuestiones que afectan a los soportes tecnológicos.

Coincido con el Partido Popular cuando dice, en el texto de presentación de su enmienda a la totalidad de esta ley, que “la comunicación audiovisual no es una de las competencias del Estado en materia de telecomunicaciones”. Efectivamente, es otra cosa, y como tal debe tratarse y se trata en este texto.

Sobre si ha de regularse o no como un derecho fundamental, señorías del PP, sólo recordarles que ese tema ya fue sometido a consideración del Consejo de Estado, y en su dictamen 1.387 de este año, y en base a la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional, el órgano consultivo afirmó que esta materia no entra propiamente en el ámbito reservado a la ley orgánica, ya que la finalidad es regular servicios de comunicación audiovisual en tanto que instrumentos de comunicación, pero no la determinación de elementos “esenciales” para el ejercicio del derecho constitucional derivado del artículo 20 de la Constitución.

No quiero dejar de mencionar, señorías, que en la regulación del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales se contempla la creación de un Comité Consultivo de apoyo que garantice la participación de colectivos y asociaciones ciudadanas y permita a la ciudadanía exigir ante las autoridades competentes la adecuación de los contenidos al ordenamiento constitucional vigente.

Pero, en todo caso, este proyecto de ley  no es sólo un instrumento de garantía de derechos y control democrático. Su pretensión es dar una respuesta seria y responsable al sector audiovisual desde el punto de vista de la liberalización, la dinamización y la seguridad jurídica.

Sí, señorías del Partido Popular, seguridad jurídica. La inseguridad jurídica la crea la inexistencia de normas o su dispersión e incoherencia o la falta de regulación.

Esta es una ley clara, y eso es seguridad jurídica. Clara en sus objetivos, clara en su articulado, clara en sus definiciones, y perfectamente acorde, por cierto, con la Directivas Comunitarias y las Leyes españolas. Así lo ha reconocido el propio Consejo de Estado.

Y esa claridad es necesaria, porque vivimos un momento especialmente importante para el sector audiovisual. Un sector que no sólo está inmerso, como el conjunto de la actividad económica, en una dura crisis, sino que, además, se encuentra a las puertas de un reto tecnológico de primer orden. Estamos a cuatro meses del llamado apagón analógico y entrando de lleno en la era digital.

Era y es más necesario que nunca que el sector disponga de una normativa clara, útil, acorde con los tiempos, que dé seguridad y garantice el desarrollo del sector, un sector en crecimiento y con indudable futuro y proyección.

Y el Gobierno ha querido, quiere contribuir a ese futuro aportando unas reglas del juego que abran caminos y den confianza a las empresas. Esa es la razón, señorías, por la que, sin renunciar a este texto que codifica toda la normativa en la materia y aporta elementos nuevos, el Gobierno ha regulado con carácter de urgencia aquellos aspectos que no podían esperar a la tramitación de esta ley, pero que ahora por coherencia se incorporan al texto.

El Gobierno tiene la obligación de poner las condiciones necesarias  para favorecer el desarrollo del sector porque ello implica más riqueza y más empleo para nuestro país. Y así lo hace este texto, desde el punto de vista de la liberalización de la actividad, porque así lo entiende Europa y así lo entiende este Gobierno.

Un texto que permitirá suprimir trabas, burocracia y límites a la industria en un contexto de mayor libertad para los prestadores de servicios de comunicación audiovisual.

Esto se traduce en el establecimiento de un régimen jurídico suficientemente flexible para adaptarse al dinamismo del sector, diferenciando entre aquéllos que sólo precisan de comunicación previa, por estar liberalizada su actividad, de aquellos otros que, por utilizar espacio radioeléctrico público a través de ondas hertzianas y tener capacidad limitada, necesitan de licencia previa otorgada en concurso público.

En el caso de los servicios de comunicación de ámbito estatal se contemplan las condiciones para la concesión, arrendamiento, cesión, renovación o extinción de las licencias. En este sentido, el texto pretende posibilitar la creación de grupos empresariales audiovisuales fuertes, con capacidad de competir en el mercado europeo e internacional, bajo los principios de titularidad europea, reciprocidad y respeto al pluralismo y la libre competencia en el mercado radiofónico y televisivo.

Así, se reconoce el derecho a poseer participaciones significativas en varios prestadores de servicios estatales de comunicación televisiva, pero limita ese derecho si en el momento de la fusión o compra se acumula más del 27% de la audiencia.

Además, un solo titular no podrá tener participaciones significativas en prestadores de servicios de comunicación televisiva que acumulen más de dos múltiplex –ocho canales- y, en todo caso, se garantiza un mínimo de tres operadores privados estatales.

El proyecto aborda también los aspectos relacionados con la libertad de información y el respeto a las normas de la competencia para evitar, tanto posiciones de dominio sobre la opinión pública en la compra de derechos exclusivos, como conflictos que desestabilizan el sector y provocan consecuencias negativas para el interés de los ciudadanos.

Asimismo, el texto que hoy debatimos refuerza la seguridad jurídica de las concesiones, ampliando a 15 años la duración de las licencias, y permitiendo la renovación automática si se cumplen determinados requisitos.

Señorías, en la redacción de este proyecto de ley hemos tenido muy presente el futuro, los nuevos modelos de negocio y  la necesidad de poner los instrumentos legales necesarios para permitir su desarrollo en condiciones de seguridad y pluralidad.
 
Por eso, el Gobierno regula  las fórmulas de televisión de pago o de acceso condicional como un derecho de los titulares de las licencias de TDT, pero teniendo en cuenta, por encima de todo, el interés general y, en consecuencia, el derecho de los ciudadanos a disponer de una oferta en abierto gratuita, amplia, plural y que alcance, por supuesto, a contenidos de alto interés general. Por eso el texto limita el pago al 50% de los canales concedidos a cada licencia.

El Gobierno, en este proyecto de ley, asume también un papel decidido en la promoción, apoyo e implantación de las nuevas tecnologías y posibilidades audiovisuales, regulando la Alta Definición, la Interactividad, la Televisión en Movilidad… No estamos, señorías del Partido Popular, pensado en un modelo de televisión tradicional. Todo lo contrario, estamos pensando en las posibilidades que abren las nuevas tecnologías, posibilidades de negocio y de comunicación.

Estamos pensando en el futuro, en la línea, por cierto, marcada por las instituciones europeas. Por eso hemos diseñado un texto flexible y abierto a más que posibles evoluciones tecnológicas que ahora se vislumbran.
Por cierto, señorías de ERC-IU-ICV, estas materias van a ser desarrolladas reglamentariamente. Por tanto, no se debe presuponer que la reserva para los servicios de comunicación audiovisual televisiva en movilidad lo sea sólo para cobertura estatal.

Ese será un problema técnico que habrá que abordar en su momento en función de las posibilidades reales y de las disponibilidades del espacio radioeléctrico. Pero demos tiempo al tiempo, señorías.

Asimismo, el texto del proyecto reconoce el derecho de acceso a los prestadores de servicios audiovisuales a los servicios de comunicación electrónica en condiciones plenas de interactividad; a las emisiones en cadena de los servicios de comunicación radiofónicos y a los servicios de comunicación audiovisual comunitarios sin ánimo de lucro, ni finalidad comercial, siempre y cuando haya disponibilidad del espacio público radioeléctrico.

Otro de los aspectos, señorías, que me gustaría subrayar aquí y ahora es el hecho de que este proyecto de ley mantiene un absoluto y escrupuloso respeto al marco competencial que establece la Constitución española.

Porque, Señorías de ERC-IU-ICV, es la Constitución la que determina ese marco y no el hecho de que una ley, sea cual sea su origen, sea aprobada antes o después de otra. Ni tampoco es aplicable el principio de “prior tempore, prior iure”.

La función del Estado en un ámbito de competencias compartidas, como es lo audiovisual, no es, señorías, como afirman en su enmienda a la totalidad  “reforzar o complementar las legislaciones autonómicas”, sino dotar de unos criterios generales y de una normativa básica al conjunto del sector.

Una ley ordinaria como la Ley Audiovisual no puede regular materias que están reservadas a las Comunidades autónomas mediante Leyes orgánicas como son los Estatutos de Autonomía.

Pero, como decía al principio de mi intervención, este proyecto de ley sirve, también, como norma básica, no sólo de la actividad de las empresas privadas, sino también, y en el ámbito de competencias que establece la Constitución, como marco legal del conjunto de las radios y televisiones públicas en España.

En este sentido, señorías, quiero destacar que el texto propuesto se alinea con la normativa europea sobre servicios públicos de radiodifusión, sobre compatibilidad de su financiación con el Tratado  de la Unión en lo relativo a ayudas estatales y sobre control por organismos independientes del cumplimiento de la misión de servicio público encomendado.
Así, el Título IV traslada los elementos esenciales de la Comunicación sobre “Aplicación de las normas en materia de ayudas estatales a los servicios públicos de radiodifusión”, aprobada recientemente, en julio de este mismo año, por la Comisión europea.

Aquí, señorías, tampoco hay invasión de competencias.

En este caso, las competencias no son ni autonómicas, ni estatales, son comunitarias. Los Estados, en función de su modelo competencial, son los que definen el modelo de financiación del servicio público de radio y televisión, señorías, pero es la Comisión Europea la que debe determinar si las ayudas estatales para esa financiación son compatibles o no con el Tratado de la Unión y la que define con exactitud los requisitos para  esa compatibilidad.

Y ese es esencialmente el contenido del Título IV de esta ley. No hay conflicto de competencias. La financiación de las televisiones públicas de ámbito autonómico corresponde a cada Comunidad Autónoma en el marco de la normativa europea sobre ayudas estatales.

Y en todo caso, les reitero que si encuentran algún aspecto concreto en que pueda producirse, estamos dispuestos y predispuestos al diálogo

Señorías, termino.

Como dije hace un mes, cuando el Consejo de Ministros aprobó este proyecto de ley, sometemos a su examen una norma necesaria. Una norma liberalizadora, moderna, garantista. Una norma mprescindible para el sector y la industria audiovisual española. Espero que así lo entiendan también sus señorías y, que, con todas las modificaciones, matizaciones o aportaciones que sean necesarias, demos entre todos una respuesta a una demanda tantos años demorada.

Muchas gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La Vicepresidenta Primera del Gobierno defiende en el Congreso la Ley General de Comunicación Audiovisual<br />
Congreso de los Diputados, jueves, 03 de diciembre de 2009</p>
<p>María Teresa Fernández de la Vega defendió el Proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual, en su debate de totalidad, en el Congreso de los Diputados .<br />
En su intervención, la Vicepresidenta Primera mostró su predisposición al diálogo con el conjunto de los grupos parlamentarios con el fin de que la norma sea aprobada con “absoluto espíritu de consenso” y “conseguir de una vez por todas, regular de manera global y coherente, el sector audiovisual en nuestro país”.<br />
Fernández de la Vega mostró su satisfacción por el hecho de poder debatir una Ley General Audiovisual “tantas veces y durante tantos años prometida y comprometida por los sucesivos Gobiernos de la Nación, que nunca, hasta hoy, había conseguido llegar al Parlamento, a pesar de haber existido innumerables borradores”.<br />
La Vicepresidenta Primera calificó la norma de “moderna, necesaria, equilibrada, garantista y liberalizadora” y destacó se rige por cuatro principios fundamentales:<br />
- El interés general y la protección y garantía de los derechos básicos de los ciudadanos.<br />
- La voluntad de dinamizar, liberalizar y dar seguridad jurídica al sector audiovisual, en permanente y trepidante evolución tecnológica.<br />
- Un “escrupuloso respeto” al juego competencial que establece nuestra Constitución en materia audiovisual, ya sea al regular la comunicación audiovisual pública o privada de ámbito estatal o la normativa básica en la materia aplicable al conjunto del sector.<br />
- La necesidad de adaptación de toda la normativa existente  -dispersa y a veces obsoleta o confusa- en un sólo texto que asuma plenamente los criterios y la normativa europea.</p>
<p>&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8211;<br />
Intervención de la Vicepresidenta Primera, Ministra de la Presidencia y Portavoz del Gobierno en el Debate de totalidad de la Ley General de Comunicación Audiovisual<br />
Congreso de los Diputados, jueves, 03 de diciembre de 2009</p>
<p>Señorías,</p>
<p>Hoy comparezco ante ustedes con una doble satisfacción. En primer lugar, la de poder debatir en esta Cámara una Ley General Audiovisual tantas veces y durante tantos años prometida y comprometida por los sucesivos Gobiernos de la Nación, que nunca, hasta hoy, había conseguido llegar al Parlamento, a pesar de haber existido innumerables borradores.</p>
<p>En segundo lugar, me satisface presentarles la que será, si así se decide, una buena ley. Moderna, necesaria, equilibrada, garantista y liberalizadora.</p>
<p>Es un texto que, como todo en esta vida, es mejorable. Y de eso se trata. Es un buen punto de partida para -con las modificaciones, matices, supresiones e incorporaciones que se estimen necesarias- conseguir, de una vez por todas, regular de manera global y coherente, el sector audiovisual en nuestro país.</p>
<p>Cuatro principios nos han guiado a la hora de redactar este proyecto de ley:</p>
<p>• el interés general y la protección y garantía de los derechos básicos de los ciudadanos,</p>
<p>• la voluntad de dinamizar, liberalizar y dar seguridad jurídica al sector audiovisual, en permanente y trepidante evolución tecnológica,</p>
<p>• un escrupuloso respeto al juego competencial que establece nuestra Constitución en materia audiovisual. ya sea al regular la comunicación audiovisual pública o privada de ámbito estatal o la normativa básica en la materia aplicable al conjunto del sector.</p>
<p>• y, finalmente, la necesidad de adaptación de toda la normativa existente  -dispersa y a veces obsoleta o confusa- en un sólo texto que asuma plenamente los criterios y la normativa europea.</p>
<p>Y todo ello lo hemos hecho dentro de un absoluto espíritu de consenso.</p>
<p>Este Proyecto de Ley debe entenderse como una parte muy importante de la reforma audiovisual emprendida por el Gobierno ya en la legislatura pasada, con la aprobación en 2006 de la Ley de la radio y la televisión de titularidad estatal y complementada con la reciente Ley de Financiación de la Corporación RTVE, y responde a un compromiso siempre aparcado, como he dicho, por los sucesivos gobiernos de uno y otro signo.</p>
<p>El proyecto de Ley nace, pues, con la vocación de aprobar una asignatura pendiente de nuestra democracia desde hace dos décadas y con vocación de permanencia, al menos por dos décadas más.</p>
<p>Hoy, finalmente, el proyecto de ley comienza a debatirse en esta Cámara, después de superar el disenso y alcanzar un acuerdo básico en el sector. Sí, señorías del Partido Popular, cuenta con un consenso básico en el sector.</p>
<p>Pero este proyecto de ley es fruto, también, de una amplia labor de consultas con todos los agentes implicados que venimos desarrollando desde hace varios años. Ninguna parte interesada de la industria audiovisual o de los consumidores puede decir que no haya sido consultada o escuchada. A nadie se le han cerrado las puertas.</p>
<p>Las aportaciones durante estos años han sido numerosísimas, incluyendo las evoluciones en los planteamientos iniciales fruto de la realidad evolutiva del sector. Tengan ustedes por seguro, señorías, que se han incorporado muchas de esas aportaciones.</p>
<p>La primera plasmación de todo ese esfuerzo de diálogo y consenso fue el Anteproyecto de Ley aprobado, en primera lectura, por el Consejo de Ministros del pasado 26 de junio.</p>
<p>En el trámite de audiencia posterior, el articulado del Anteproyecto ha sido mejorado, tanto por el debate en el seno del Consejo de Ministros, como por las aportaciones realizadas por numerosos agentes y muy especialmente por las aportaciones de los órganos e instituciones implicados en el trámite preceptivo de audiencia: por supuesto, el Consejo de Estado, pero también la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de Competencia y la Asociación de Usuarios de la Comunicación.</p>
<p>Por tanto, el texto llegado a esta Cámara goza ya de una cierta madurez y de un consenso básico, y estamos seguros de que será perfeccionado aún más en el trámite parlamentario.</p>
<p>En muchas de las enmiendas presentadas por los distintos grupos parlamentarios se adivinan las sugerencias y peticiones de colectivos sociales y ciudadanos.</p>
<p>Sepan ustedes que el Gobierno ya ha hecho un gran esfuerzo por atender sus peticiones, pero hasta el último minuto de la tramitación de este proyecto de ley, estoy segura de que los grupos parlamentarios estarán abiertos a incorporaciones o modificaciones, siempre que no rompan con la filosofía del texto y no impidan el consenso.</p>
<p>Aunque ahora es el tiempo del Parlamento, que es a quien corresponde tomar las decisiones, el Gobierno no eludirá el debate, punto por punto, palabra por palabra. Esa ha sido, es y será nuestra voluntad, una voluntad de diálogo, de negociación, de acuerdo y de consenso.</p>
<p>Señorías,</p>
<p>Decía al principio de mi intervención que uno de los referentes básicos que presiden este proyecto de ley, por no decir el referente básico, es el interés general.</p>
<p>Este es un texto garantista que regula la actividad audiovisual pensando sobre todo en el respeto y en el reforzamiento y protección de los derechos de los ciudadanos con garantías de control democrático.</p>
<p>Esa ha sido también, en esta materia, una de las preocupaciones fundamentales de la Comisión Europea, plasmada en sucesivas Directivas de Servicios de Comunicación Audiovisual conocidas como de “televisión sin fronteras”.</p>
<p>La última de ellas, de diciembre de 2007, como sus señorías saben, ha de ser incorporada –transpuesta- a la normativa española antes de que finalice el año en curso.</p>
<p>En ella, entre otras cosas, se hace una revisión de las normas básicas que deben regular la publicidad en televisión, se fijan determinadas obligaciones a los servicios de comunicación audiovisual relativos a protección de los menores y personas con discapacidad y de fomento de la industria audiovisual europea, y se garantiza el derecho a la información frente a situaciones de contratos de exclusividad.</p>
<p>Todo ello, como no podía ser de otra manera, se ha incluido en este proyecto de ley. Pero hemos querido ir más allá en algunos aspectos, como son los relativos a la garantía de accesibilidad de personas con discapacidad o a la protección de la infancia, así como a la obligatoriedad de reserva para la producción de obras europeas en las distintas lenguas españolas y a las ayudas a la industria cinematográfica.</p>
<p>Señorías, como todos ustedes saben, las garantías serían papel mojado si no hubiese organismos encargados del control democrático de su respeto y cumplimiento. Así nos lo pide Bruselas y así lo entiende el Gobierno de España. Por ello, este proyecto de ley prevé la creación del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, como autoridad independiente y con capacidad sancionadora, encargada del control y seguimiento del cumplimiento de esta ley, la transparencia y el pluralismo del sector y la independencia e imparcialidad de los medios públicos estatales, así como del cumplimiento de sus funciones de servicio público.</p>
<p>Un Consejo en el que sus miembros, como se comprometió el Gobierno, serán elegidos por el Parlamento mediante mayoría cualificada de  de dos tercios del Congreso de los Diputados.</p>
<p>Para despejar temores y suspicacias, Señorías, quiero dejar claro que la competencia del futuro CEMA es exclusivamente sobre la comunicación audiovisual de ámbito estatal. No sólo no solapa las atribuciones de los Consejos audiovisuales de ámbito autonómico, sino que el texto del propio proyecto de ley que hoy debatimos, en su artículo 47.3, establece que el CEMA deberá coordinar sus actividades con las autoridades audiovisuales autonómicas, y que podrá suscribir con ellos convenios de colaboración.</p>
<p>Quiero referirme también al debate sobre la integración del Consejo en la CMT o la creación de un organismo convergente. Miren, señorías, esta es una discusión que ya tuvo lugar en esta misma Cámara con motivo de la tramitación de la ley 7/2009 de medidas urgentes en materia de telecomunicaciones hace apenas cinco meses. Y quiero recordarles que entonces se desestimó. Nada ha cambiado desde entonces.</p>
<p>Y es que el Gobierno cree que hay que separar la garantía de los derechos de los ciudadanos y de cuantos intervienen en el mundo audiovisual, de las cuestiones que afectan a los soportes tecnológicos.</p>
<p>Coincido con el Partido Popular cuando dice, en el texto de presentación de su enmienda a la totalidad de esta ley, que “la comunicación audiovisual no es una de las competencias del Estado en materia de telecomunicaciones”. Efectivamente, es otra cosa, y como tal debe tratarse y se trata en este texto.</p>
<p>Sobre si ha de regularse o no como un derecho fundamental, señorías del PP, sólo recordarles que ese tema ya fue sometido a consideración del Consejo de Estado, y en su dictamen 1.387 de este año, y en base a la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional, el órgano consultivo afirmó que esta materia no entra propiamente en el ámbito reservado a la ley orgánica, ya que la finalidad es regular servicios de comunicación audiovisual en tanto que instrumentos de comunicación, pero no la determinación de elementos “esenciales” para el ejercicio del derecho constitucional derivado del artículo 20 de la Constitución.</p>
<p>No quiero dejar de mencionar, señorías, que en la regulación del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales se contempla la creación de un Comité Consultivo de apoyo que garantice la participación de colectivos y asociaciones ciudadanas y permita a la ciudadanía exigir ante las autoridades competentes la adecuación de los contenidos al ordenamiento constitucional vigente.</p>
<p>Pero, en todo caso, este proyecto de ley  no es sólo un instrumento de garantía de derechos y control democrático. Su pretensión es dar una respuesta seria y responsable al sector audiovisual desde el punto de vista de la liberalización, la dinamización y la seguridad jurídica.</p>
<p>Sí, señorías del Partido Popular, seguridad jurídica. La inseguridad jurídica la crea la inexistencia de normas o su dispersión e incoherencia o la falta de regulación.</p>
<p>Esta es una ley clara, y eso es seguridad jurídica. Clara en sus objetivos, clara en su articulado, clara en sus definiciones, y perfectamente acorde, por cierto, con la Directivas Comunitarias y las Leyes españolas. Así lo ha reconocido el propio Consejo de Estado.</p>
<p>Y esa claridad es necesaria, porque vivimos un momento especialmente importante para el sector audiovisual. Un sector que no sólo está inmerso, como el conjunto de la actividad económica, en una dura crisis, sino que, además, se encuentra a las puertas de un reto tecnológico de primer orden. Estamos a cuatro meses del llamado apagón analógico y entrando de lleno en la era digital.</p>
<p>Era y es más necesario que nunca que el sector disponga de una normativa clara, útil, acorde con los tiempos, que dé seguridad y garantice el desarrollo del sector, un sector en crecimiento y con indudable futuro y proyección.</p>
<p>Y el Gobierno ha querido, quiere contribuir a ese futuro aportando unas reglas del juego que abran caminos y den confianza a las empresas. Esa es la razón, señorías, por la que, sin renunciar a este texto que codifica toda la normativa en la materia y aporta elementos nuevos, el Gobierno ha regulado con carácter de urgencia aquellos aspectos que no podían esperar a la tramitación de esta ley, pero que ahora por coherencia se incorporan al texto.</p>
<p>El Gobierno tiene la obligación de poner las condiciones necesarias  para favorecer el desarrollo del sector porque ello implica más riqueza y más empleo para nuestro país. Y así lo hace este texto, desde el punto de vista de la liberalización de la actividad, porque así lo entiende Europa y así lo entiende este Gobierno.</p>
<p>Un texto que permitirá suprimir trabas, burocracia y límites a la industria en un contexto de mayor libertad para los prestadores de servicios de comunicación audiovisual.</p>
<p>Esto se traduce en el establecimiento de un régimen jurídico suficientemente flexible para adaptarse al dinamismo del sector, diferenciando entre aquéllos que sólo precisan de comunicación previa, por estar liberalizada su actividad, de aquellos otros que, por utilizar espacio radioeléctrico público a través de ondas hertzianas y tener capacidad limitada, necesitan de licencia previa otorgada en concurso público.</p>
<p>En el caso de los servicios de comunicación de ámbito estatal se contemplan las condiciones para la concesión, arrendamiento, cesión, renovación o extinción de las licencias. En este sentido, el texto pretende posibilitar la creación de grupos empresariales audiovisuales fuertes, con capacidad de competir en el mercado europeo e internacional, bajo los principios de titularidad europea, reciprocidad y respeto al pluralismo y la libre competencia en el mercado radiofónico y televisivo.</p>
<p>Así, se reconoce el derecho a poseer participaciones significativas en varios prestadores de servicios estatales de comunicación televisiva, pero limita ese derecho si en el momento de la fusión o compra se acumula más del 27% de la audiencia.</p>
<p>Además, un solo titular no podrá tener participaciones significativas en prestadores de servicios de comunicación televisiva que acumulen más de dos múltiplex –ocho canales- y, en todo caso, se garantiza un mínimo de tres operadores privados estatales.</p>
<p>El proyecto aborda también los aspectos relacionados con la libertad de información y el respeto a las normas de la competencia para evitar, tanto posiciones de dominio sobre la opinión pública en la compra de derechos exclusivos, como conflictos que desestabilizan el sector y provocan consecuencias negativas para el interés de los ciudadanos.</p>
<p>Asimismo, el texto que hoy debatimos refuerza la seguridad jurídica de las concesiones, ampliando a 15 años la duración de las licencias, y permitiendo la renovación automática si se cumplen determinados requisitos.</p>
<p>Señorías, en la redacción de este proyecto de ley hemos tenido muy presente el futuro, los nuevos modelos de negocio y  la necesidad de poner los instrumentos legales necesarios para permitir su desarrollo en condiciones de seguridad y pluralidad.</p>
<p>Por eso, el Gobierno regula  las fórmulas de televisión de pago o de acceso condicional como un derecho de los titulares de las licencias de TDT, pero teniendo en cuenta, por encima de todo, el interés general y, en consecuencia, el derecho de los ciudadanos a disponer de una oferta en abierto gratuita, amplia, plural y que alcance, por supuesto, a contenidos de alto interés general. Por eso el texto limita el pago al 50% de los canales concedidos a cada licencia.</p>
<p>El Gobierno, en este proyecto de ley, asume también un papel decidido en la promoción, apoyo e implantación de las nuevas tecnologías y posibilidades audiovisuales, regulando la Alta Definición, la Interactividad, la Televisión en Movilidad… No estamos, señorías del Partido Popular, pensado en un modelo de televisión tradicional. Todo lo contrario, estamos pensando en las posibilidades que abren las nuevas tecnologías, posibilidades de negocio y de comunicación.</p>
<p>Estamos pensando en el futuro, en la línea, por cierto, marcada por las instituciones europeas. Por eso hemos diseñado un texto flexible y abierto a más que posibles evoluciones tecnológicas que ahora se vislumbran.<br />
Por cierto, señorías de ERC-IU-ICV, estas materias van a ser desarrolladas reglamentariamente. Por tanto, no se debe presuponer que la reserva para los servicios de comunicación audiovisual televisiva en movilidad lo sea sólo para cobertura estatal.</p>
<p>Ese será un problema técnico que habrá que abordar en su momento en función de las posibilidades reales y de las disponibilidades del espacio radioeléctrico. Pero demos tiempo al tiempo, señorías.</p>
<p>Asimismo, el texto del proyecto reconoce el derecho de acceso a los prestadores de servicios audiovisuales a los servicios de comunicación electrónica en condiciones plenas de interactividad; a las emisiones en cadena de los servicios de comunicación radiofónicos y a los servicios de comunicación audiovisual comunitarios sin ánimo de lucro, ni finalidad comercial, siempre y cuando haya disponibilidad del espacio público radioeléctrico.</p>
<p>Otro de los aspectos, señorías, que me gustaría subrayar aquí y ahora es el hecho de que este proyecto de ley mantiene un absoluto y escrupuloso respeto al marco competencial que establece la Constitución española.</p>
<p>Porque, Señorías de ERC-IU-ICV, es la Constitución la que determina ese marco y no el hecho de que una ley, sea cual sea su origen, sea aprobada antes o después de otra. Ni tampoco es aplicable el principio de “prior tempore, prior iure”.</p>
<p>La función del Estado en un ámbito de competencias compartidas, como es lo audiovisual, no es, señorías, como afirman en su enmienda a la totalidad  “reforzar o complementar las legislaciones autonómicas”, sino dotar de unos criterios generales y de una normativa básica al conjunto del sector.</p>
<p>Una ley ordinaria como la Ley Audiovisual no puede regular materias que están reservadas a las Comunidades autónomas mediante Leyes orgánicas como son los Estatutos de Autonomía.</p>
<p>Pero, como decía al principio de mi intervención, este proyecto de ley sirve, también, como norma básica, no sólo de la actividad de las empresas privadas, sino también, y en el ámbito de competencias que establece la Constitución, como marco legal del conjunto de las radios y televisiones públicas en España.</p>
<p>En este sentido, señorías, quiero destacar que el texto propuesto se alinea con la normativa europea sobre servicios públicos de radiodifusión, sobre compatibilidad de su financiación con el Tratado  de la Unión en lo relativo a ayudas estatales y sobre control por organismos independientes del cumplimiento de la misión de servicio público encomendado.<br />
Así, el Título IV traslada los elementos esenciales de la Comunicación sobre “Aplicación de las normas en materia de ayudas estatales a los servicios públicos de radiodifusión”, aprobada recientemente, en julio de este mismo año, por la Comisión europea.</p>
<p>Aquí, señorías, tampoco hay invasión de competencias.</p>
<p>En este caso, las competencias no son ni autonómicas, ni estatales, son comunitarias. Los Estados, en función de su modelo competencial, son los que definen el modelo de financiación del servicio público de radio y televisión, señorías, pero es la Comisión Europea la que debe determinar si las ayudas estatales para esa financiación son compatibles o no con el Tratado de la Unión y la que define con exactitud los requisitos para  esa compatibilidad.</p>
<p>Y ese es esencialmente el contenido del Título IV de esta ley. No hay conflicto de competencias. La financiación de las televisiones públicas de ámbito autonómico corresponde a cada Comunidad Autónoma en el marco de la normativa europea sobre ayudas estatales.</p>
<p>Y en todo caso, les reitero que si encuentran algún aspecto concreto en que pueda producirse, estamos dispuestos y predispuestos al diálogo</p>
<p>Señorías, termino.</p>
<p>Como dije hace un mes, cuando el Consejo de Ministros aprobó este proyecto de ley, sometemos a su examen una norma necesaria. Una norma liberalizadora, moderna, garantista. Una norma mprescindible para el sector y la industria audiovisual española. Espero que así lo entiendan también sus señorías y, que, con todas las modificaciones, matizaciones o aportaciones que sean necesarias, demos entre todos una respuesta a una demanda tantos años demorada.</p>
<p>Muchas gracias</p>
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		<title>Por: admin</title>
		<link>http://legal.medioscomunitarios.net/archives/265/comment-page-1#comment-637</link>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 Dec 2009 19:43:27 +0000</pubDate>
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		<description>La Ley Audiovisual supera su primer escollo en el Congreso con críticas
http://www.elmundo.es/elmundo/2009/12/03/comunicacion/1259841486.html

El Congreso respalda el proyecto de Ley Audiovisual
La norma sigue su tramitación tras rechazarse sendas enmiendas de totalidad de PP y ERC-IU-ICV
http://www.publico.es/televisionygente/275169/congreso/respalda/proyecto/ley/audiovisual</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La Ley Audiovisual supera su primer escollo en el Congreso con críticas<br />
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<p>El Congreso respalda el proyecto de Ley Audiovisual<br />
La norma sigue su tramitación tras rechazarse sendas enmiendas de totalidad de PP y ERC-IU-ICV<br />
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